martes, 16 de febrero de 2021

Reto número 3

 

LEY 3/2016, de 22 de julio, de Protección Integral contra la LGTBifobia y la Discriminación por Razón de Orientación e Identidad Sexual en la Comunidad de Madrid.

https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/08/10/BOCM-20160810-1.PDF

 

1.    Qué tipo de política es, ámbito de intervención, contexto de las instituciones /administraciones que la impulsan

 

Es una política regional impulsada por la Comunidad de Madrid.

Sus objetivos son:

-       establecer un marco normativo adecuado para garantizar el derecho de toda persona en la Comunidad de Madrid a no ser discriminada por razón de su orientación sexual o identidad y/o expresión de género

-       garantizar una protección efectiva por parte de la Administración de la Comunidad de Madrid a personas que sean víctimas de discriminación y delitos de odio, o sufran trato discriminatorio, vejatorio o degradante por orientación sexual e identidad y/o expresión de género

 

Su ámbito de aplicación/intervención son todas aquellas personas del colectivo LGTBI+ y pone especial énfasis en las personas mayores de este colectivo que han sido los más olvidados hasta ahora por la sociedad.

Contexto histórico:

Desde 1954, en el que se incluyó a las personas homosexuales en la Ley de Vagos y Maleantes hasta 1989, año en el que se derogó la Ley de Escándalo Público, este colectivo ha sufrido una persecución constante. En el momento actual asistimos a un profundo cambio social, con una mayor presencia y visibilidad en todas las esferas de la sociedad madrileña, de personas homosexuales, bisexuales, personas transexuales e intersexuales. Esta ley se suma a las numerosas leyes autonómicas elaboradas en nuestro país para garantizar los derechos de las personas LGTBI+.

 

2.    Ámbitos de discriminación tratados en la ley.

 

Rural:

Los Ayuntamientos deben proporcionar servicios específicos para personas LGTBI

 

Ámbito policial, justicia y cooperación al desarrollo:

Se formará a las Policías Municipales en igualdad y realidad LGTBI y en la lucha contra delitos de odio

 

Familiar:

La ley protegerá a los menores LGTBI y a los menores de familias con miembros LGTBI.

Se establecerán medidas de prevención y lucha contra la violencia en el ámbito familiar por motivos de orientación sexual o identidad o expresión de género y medidas de apoyo a víctimas de violencia en parejas del mismo sexo.

 

Educativo:

Garantiza el derecho a una educación sin discriminación y respetando la orientación sexual y la identidad y expresión de género de estudiantes y docentes.

 

Sanitario

Garantiza:

 

-       Políticas sanitarias respetuosas con las personas LGTBI.

-       Formación a los profesionales sanitarios y se promoverá la creación de protocolos de actuación que garanticen un trato digno.

-       Programas específicos y campañas de educación sexual y prevención de enfermedades como el VIH

 

Ocio, cultura, turismo y deporte

Las expresiones artísticas, recreativas y deportivas realizadas por personas y organizaciones LGTBI o sobre dicha temática serán fomentadas a nivel autonómico y local.

Administración pública e instituciones

Los documentos deberán ser adecuados a la diversidad de las personas LGTBI y a la heterogeneidad familiar y se garantizará la confidencialidad sobre la identidad de género.

 

Laboral

Una empresa o la Administración, no puede discriminar a personas LGBTI. Las personas LGTBI tienen los mismos derechos que otro trabajador.

 

3.    Impacto y resultados

Texto recogida de la página web www.lamoncloa.gob.es

Resultados del Proyecto Europeo Avanzando en la gestión de la diversidad LGBT en el sector público y privado (ADIM), desarrollado en su momento por la Dirección General de Igualdad de Trato y Diversidad del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad de España, conjuntamente con la Comissão para a Cidadania e a Igualdade de Género del Gobierno de Portugal y el Grupo de Investigación Antropología, Diversidad y Convivencia de la Universidad Complutense de Madrid.

El proyecto tiene el objetivo de buscar mejoras en el respeto y la inclusión de las personas LGTBI en ámbitos laborales.

En la investigación participaron 8.557 personas, un 13,4% de las cuales se declaró LGTBI.

Algunas de sus principales conclusiones han sido entre otras:

-       la discriminación por orientación sexual e identidad de género sigue arraigada en el ámbito laboral;

-       existe una normalización de los rumores, bromas o comentarios cuestionadores con respecto a la diversidad sexual;

-       las situaciones discriminatorias pasan más desapercibidas entre empleados no LGTBI;

-       el 15% de las personas LGTBI ha evitado alguna vez eventos o espacios corporativos;

-       una gran parte de personas LGTBI que son visibles en su vida personal se sienten obligados a ocultar esta faceta de su vida en su espacio laboral;

-       el 52% no es visible en su lugar de trabajo o solo lo es para determinadas personas;

-       solo el 55% de quienes tienen hijos e hijas se siente cómodo hablando de ello en el trabajo;

-       la imposibilidad de un desarrollo personal en libertad perjudica el desarrollo profesional;

-       la ocultación de la vida familiar imposibilita el disfrute de ciertos derechos laborales;

-       los trabajadores y trabajadoras LGTBI que no se sienten respaldadas experimentan un menor compromiso con la empresa y están menos realizados.


 

4.    Puntos fuertes y debilidades


Puntos fuertes: La ley me parece muy completa en cuanto a las acciones, ámbitos y sanciones

Puntos débiles: No hay una planificación ni un seguimiento para controlar que todos los puntos se llevan a cabo.

1 comentario:

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